miércoles, 15 de junio de 2016

Impugnaciones al tarifazo: Preguntas frecuentes

Con mucho éxito seguimos incorporando adhesiones a esta campaña nacional de impugnaciones a la cual nos sumamos con todo el compromiso de siempre.
En el devenir de la misma fueron surgiendo preguntas, consultas, apreciaciones que preferimos colocarlas en un mismo lugar para que todos tengan acceso:

 

 

 


1) ¿De qué me sirve impugnar?

Básicamente lo que se logra es generar en cada reclamo, es la certeza del menoscabo personal a un derecho subjetivo por el daño directo causado por la empresa al facturar irrazonablemente montos exorbitantes e irrazonables. Es primeramente la diferencia entre hacer algo concreto o quedarse de brazos cruzados y pagar sin más. En este marco la empresa tiene 15 dias hábiles para responder.


2) Si el usuario que figura en la factura no soy yo, ¿puedo impugnarla igual?

Exacto, el que impugna es el que “solventa” el costo de la relación jurídica. En otras palabras, “si vos pagás de más por algo que no corresponde”, el derecho como ciencia social no puede generar obstáculos entre lo que es y lo que “debería ser”, y lo que debería ser para el caso es tener una factura RAZONABLE con un monto no imposible de pagar. No obstante esto, siempre aconsejamos tomarse el tiempito correspondiente e ir a hacer el cambio de titularidad a la oficina comercial como para tener todo ordenado.


3) ¿Sirve para todo el pais?

Si por supuesto. Hay gente impugnando en todos lados. De hecho hemos subido para varias empresas de todo el pais. Si no está la de tu localidad, avisanos y la subimos, y sino simplemente cambiando el “encabezado” y colocando en su lugar la empresa correspondiente.


4) ¿Debo pagarla antes de impugnar?

Responsable y Genericamente como profesionales no podemos hacer otra recomendación: SIEMPRE SE DEBE PAGAR, y después se impugna. Entendemos y sabemos que hay casos particulares, muy extremos, muy dificiles, que han sido atropellados por la desidia y la insensibilidad de la medida.
Cada caso es un mundo y hay que analizarlo de manera personalizada para ver la posibilidad de realizar un pago parcial (que lo deben tomar si o si), ya que en ese caso estariamos demostrando la “voluntad de pago” o directamente plantear la impotencia patrimonial de afrontar tamaña irrazanobilidad, sin descartar ninguna vía para ello.


5) ¿Donde se impugna?

En la “MESA DE ENTRADAS” de cualquier oficina comercial. Acá dejamos las de CABA de todas las empresas. Si quieren pasarnos mas direcciones y completar el cuadro, bienvenido será.


6) ¿El tramite es personal?

Insistimos en un Principio rector del Derecho Administrativo: “informalismo en favor del administrado” que deviene de uno anterior que es el de “In dubio Pro Actione”. ¿Que queremos decir con esto?, entre el Estado y el ciudadano de a pie hay una relación asimétrica, distinta, en otras palabras, el Estado tiene mas potencial a la hora de defenderse, entonces para “equilibrar” esa diferencia, no se pueden colocar obices o “palos en la rueda”, en definitiva en lugar de utilizar “mecanismos” para rechazar presentaciones por cuestiones de “forma”, debe utilizar esa fuerza operativa en brindar respuestas, ya que de paso se está ajustando a principios constitucionales como los que figuran en los arts. 14, 16,42 y 43 de nuestra Carta Magna.
Dicho esto, entendemos que si se acreditan y se consignan fehacientemente los datos en el escrito, cualquier persona puede presentarse en nombre de otra a la hora de hacer entrega del mismo en la oficina comercial más próxima, sin que esto pueda resultar significativo frente al fondo de la cuestión como así tampoco las faltas de ortografía, el color de tinta, el tamaño de la hoja y cualquier otro elemento vinculado accesoriamente a la forma.


7) ¿Que servicios se incluyen?

Hasta ahora hemos subido modelos de impugnación para Luz, Agua y Gas.


8) ¿Dónde bajo los formularios?

Acá les dejamos dos links uno en Facebook y otro en Blogspot


9) ¿Puedo hacer otra cosa más?

Si claro, pasarle la información al vecino de al lado, sacarse fotos con la impugnación y subirla a las redes sociales y difundir en cuando medio sea posible todo accionar que sea proclive a frenar a este inconstitucional #tarifazo


10) ¿Quien debería pagar las facturas con aumento?

Como no tenemos el domicilio procesal ni real de Montoto, debería pagarlas Aranguren.


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