miércoles, 25 de octubre de 2017

Pedimos informes al Gobierno de la Ciudad por el traslado de escuelas en Villa 31

La semana pasada impulsamos un nuevo pedido de informes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debido a que fuimos anoticiados de que existe la posibilidad de que se traslade provisoriamente en perniciosas condiciones las instalaciones del Jardín de Infantes N° 25 "Banderita" y de la secundaria "Escuela de Educación Media N° 6 Padre Carlos Mugica" ambas emplazadas en la Villa 31 de Retiro.

Si bien acompañamos la decisión de construir el edificio central del Ministerio de Educación en dicho barrio, nos parece oportuno que la misma vaya acompañada de los hechos concretos pertinentes que permitan al sector, que tiene un interés superior a tutelar (como lo es el de los niños, niñas y adolescentes), acceder a una educación gratuita y de calidad y en las mejores condiciones posibles.

Ante la falta de certezas y de información frente a este potencial traslado, que perjudicaria notablemente a la comunidad educativa, y a pedido de parte de ésta última, sumado a los trascendidos periodisticos, es que decidimos realizar el pedido de informes correspondiente conforme a la normativa local de marras (Ley 5784).

Esperemos no solo que nos contesten y le den claridad al asunto sino que garanticen el efectivo ejercicio del derecho a la educación en dignas condiciones, no solo consagrado por el art. 14 de nuestra Constitución Nacional, sino por la Convención de los Derechos del niño en su art. 28 también receptada por nuestra Carta Magna en su art. 75 inc 22.

Acá podés leer el pedido completo:




viernes, 20 de octubre de 2017

Nace un Derecho llega a Casación por el tarifazo.


Como los servicios públicos esenciales no son una moda ni una promesa electoral, desde marzo de este año presentamos formalmente con el patrocinio letrado del Dr.Eduardo Barcesat una denuncia penal a los efectos de que se investiguen las impropias conductas llevadas a cabo por el Sr. Ministro de Aranguren y al interventor del ENARGAS por incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con el delito de desobediencia civil, todo, a raíz del "tarifazo" en el sector gas el año pasado. 


 

En franco desapego a los intereses de un sector de la sociedad que no puede resistir los embates de los grandes negociados llevados adelante por grandes grupos concentrados de nuestra economía el juez Ariel Lijo y el juez Marijuan desestimaron dicha denuncia, tal como lo hiciere ahora la Sala I de Cámara Federal Apelaciones Criminal Correccional de la Ciudad de Buenos Aires.

Es por ello que, con perseverancia, constancia y fundamentalmente con “argumentos jurídicos contundentes y sustentables” llegamos al máximo tribunal penal de nuestro país.

 

El Recurso


Nuestro recurso, luego de un precario (aunque no inocente) análisis judicial del caso fue, como decíamos, rechazado. Es decir, la cuestionada y turbulenta Sala I (que ha visto modificada su composición en un espurio acto enel Consejo de la Magistratura) ha decidido confirmar el desistimiento de la denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos achacada al interventor de ENARGAS Sr. David Tezanos y al Ministro de Energía Juan José Aranguren dictaminada por el Sr. fiscal federal Marijuan y el Dr. Ariel Lijo, titular del juzgado federal N° 4. 

 

¿Por que la denuncia?


Esta primera acción fue a raíz de la convocatoria a audiencia pública (teatro al fin) para el tratamiento del tarifazo al consumo de gas natural.



¿Por que llegamos a Casación?

 

La respuesta de la Cámara de ninguna manera ha hecho énfasis en los puntos de agravios (es decir, los cuestionamientos que hemos planteado a la resolución de Lijo que desestimo nuestra denuncia con apoyo al dictamen fiscal) expresados. 

 

No expresa nada de la ilicitud de la conducta denunciada a Aranguren. Tampoco hace análisis del delito de desobediencia civil con que denunciamos a ambos funcionarios. Básicamente, en un enorme esfuerzo interpretativo y de análisis judicial del caso, se limita a “copiar y pegar” lo cuestionado en la resolución del juez Ariel Lijo, nada más.



Un extracto misterioso


Por otra parte, y acá lo increíble del día; nos apersonamos ante la mesa de entradas de la Cámara Federal de Apelaciones para averiguar que juzgado federal de instrucción criminal interviene en la denuncia penal por “administración fraudulenta por administración infiel” que le achacamos al Sr. Aranguren.

 

Recapitulamos: dicha denuncia fue extraída (se dice técnicamente “extracción de testimonio”) de la causa principal (esa que apelamos y nos rechazó la Sala I) para posterior sorteo. Al día de la fecha, al no ser citados jamás para ampliar o ratificar lo expuesto, decidimos visitar la Cámara para su averiguación. Nos informan que en sistema no tienen nada registrado. Es decir, en otras palabras, “el juzgado no nos trajo nada para sortear”. Bastante inusual.

 

Nos apersonamos frente al juzgado de Ariel Lijo a averiguar. ¿Qué paso?: sencillo; no han enviado dicha extracción de testimonios para su sorteo y decidieron dejarlo “encajonado a la espera de algo” hasta el día de hoy. Las autoridades del juzgado han tomado cartas en el asunto y cordialmente le darán tratamiento inmediato.

 

Las tarifas justas y razonables son un derecho. Por ellas vamos a ir hasta las últimas consecuencias. Siempre hasta el final y con un trabajo serio, coherente y constante.

Agradecemos al Instituto Sampay, en especial al Dr Cholvis y al Dr Barcesat, al ingeniero Andres Repar del Instituto Electrico Scalabrini Ortiz y del Observatorio de Tarifas y al ferreo compromiso de los dres Fernanda Muñez y Diego Encina de Nace un Derecho.

Tambien podés leer: Denuncia completa en formato .doc, CLICK AQUI.


lunes, 9 de octubre de 2017

Reunión con entidades deportivas en Jose C. Paz

El día viernes 6 de octubre nos hicimos presentes en el primer encuentro clubes de futbol barriales  y culturales de José C. Paz para conversar y plantear estrátegias, como así también asesorar jurídica y legalmente sobre la formación de personas jurídicas.

La misma se llevó a cabo en en la unidad básica de la Corriente Peronista Descamisados del mismo distrito, donde se apersonaron los representantes de diferentes clubes deportivos y culturales de la zona que comenzarán en breve con el trámite para la formación de las respectivas asociaciones civiles a los efectos de regularizar situaciones que ya al día de hoy se vienen dando de hecho, dotando a los mismos de los efectos y protecciones que esta entelequia legal promueve desde el propio Código Cívil..





Transparencia y democracia: presentación masiva, formal y cívica por Santiago Maldonado

Hace unos dias se llevo a cabo en el Ex centro clandestino de tortura y detención “Automotores Orletti” una reunión con diferentes actores de la sociedad civil en la cual tuvimos la dicha de participar.
Es que a nuestro humilde entender, el caso de Santiago Maldonado ha sido bastante manoseado y trastocado desde diferentes sectores con intencionalidades poco transparentes.


Es por ello que como abogados, pero antes como ciudadanos, entendimos que es menester darle luz a esta gravosa y perniciosa situación llevando adelante un nuevo y masivo pedido de informes al Estado Nacional.
No se trata aquí de una cuestión partidaria. Mucho menos de un resquemor virulento y opaco.


Acá estamos tratando, y por que tenemos en nuestra comunidad la vara muy alta, de no dejar pasar siquiera un solo caso de “desaparación forzada de persona”.
La intención es solicitar en forma responsable y pacífica las debidas respuestas al Estado Nacional con respecto a esta controvertida situación que moviliza al conjunto de la sociedad.
Por eso hemos generado dos documentos los cuales son de acceso irrestricto a los efectos de que cada ciudadano y ciudadana de este país pueda presentar formalmente un pedido de informes con respecto al caso.
Los mismos estarán a disposición en diferentes clubes de barrio, organizaciones de derechos humanos, politicas, sociales y culturales y serán presentados oportunamente en la sede de nuestro Ministerio de Seguridad Nacional.
Además se podrán retirar en blanco, como así también presentarse los comletados de lunes a viernes de 9 a 16hs en el el ex centro “Automotores Orletti” sito en la calle Venancio Flores 3519 - CABA.
Acá los links para descargarlos, imprimirlos y completarlos:
  1. Formulario para completar y presentar
  2. Preguntas frecuentes
Agradecemos difusión.


Importante freno al menoscabo laboral de los trabajdores impartido por la aplicación de esta "inconstitucional" ley.

Declararon la inconstitucionalidad de las comisiones médicas de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo
La Sala VII de la Cámara Nacional del Trabajo, con voto de los jueces Ferreiros y Rodríguez Brunengo, revocó una decisión de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley 27.348 en cuanto establece, con carácter obligatorio y excluyente, a los trabajadores que sufran un accidente de trabajo iniciar un procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, antes de promover una demanda ante el Poder Judicial. Los magistrados señalaron que el mecanismo lesiona el acceso irrestricto a la justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal.

Ping Pong: Derecho al acceso a la información pública.

Por Hernán Mirasole
Se ha pasado desde la velada restricción de antaño, sin razonable sustento conceptual, hacia la apertura contemporánea, con categórica fundamentación no ya sólo constitucional y conceptual sino también legal y reglamentaria. Agustín Gordillo

¿Que es el acceso a la información pública?

Ante todo es un D E R E C H O C I V I L.

¿Que implica?

En que cada ciudadano participe y conozca el despliegue y el accionar del estado.

¿En que se sustenta?

En la presunción de publicidad de la actividad administrativa.

¿Por que “publicidad de la actividad administrativa”?

Como indica el Dr. Gordillo: “La falta de publicidad y transparencia es sospecha y antesala de corrupción, como surge inequívocamente de la Convención Interamericana contra la Corrupción”, por ello comprometernos y solicitarla es siempre un ejercicio saludable para el conjunto de la sociedad.

¿Necesito un abogado para presentar mi pedido?

Absolutamente no, tal como indica el principio de informalismo en favor del administrado.

¿Que implica el principio de “informalismo en favor del administrado”?

Eso quiere decir que cada ciudadano puede peticionar frente a las autoridades (conforme también a las garantías del debido proceso) sin frustrantes y dilatorios procesos que obnubilen la pretensión de aquel. En palabras de Gordillo: “no frustrar en la práctica los escasos remedios procesales que las leyes acuerdan a los administrados”. Otra de las cuestiones a tener en cuenta, es que en favor de este principio un ciudadano puede firmar el pedido y otro entregarlo (diligenciarlo).

¿Puede el Estado ampararse también en este principio?

Absolutamente no. El estado tiene todos los recursos disponibles para someterse a los procedimientos legales, los cuales indican como debe operar frente a un pedido de información de acceso publico.

¿Tiene algún costo?

En absoluto, el trámite no genera gastos (salvo los de reproducción, ej: el “costo” de un CD o de una fotocopia), pues la “gratuidad” del procedimiento es otro de los principios sobre los que se sustenta el derecho de acceso a la información pública (arts 1 y 6 de la ley 27275).

¿Que ley garantiza este procedimiento?

Desde el año 2003 teníamos un decreto que era el 1172/03 que regulaba todo el procedimiento, a partir del 2017 tenemos una ley del Congreso, la N° 27275 y su decreto reglamentario 206/2017 que, sobre los pilares de aquel, garantiza y sostiene todo un sistema y un procedimiento adecuado para el efectivo ejercicio del derecho al acceso a la información pública.

¿Cuáles son los objetivos de esta ley?

Están estipulados claramente en su art. 1ero: “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública”

¿Que pasa si no me responden?

No responder a una petición de acceso a la información pública es lisa y llanamente negar un derecho, frente a lo cual, sino mediaren fundados y justificados motivos, tal accionar podría eventualmente derivar en tres supuestos: a) iniciar el reclamo administrativo frente a la Agencia de Acceso a la Información Pública (conforme arts 15 y 16 de la ley 27275). b) iniciar en el fuero contencioso administrativo un amparo por mora de la administración art28 ley 19549 de Procedimientos administrativos). c) Incoar una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público (conforme art. 249 del código penal).
En los supuestos A y C no se requiere patrocinio letrado de un abogado.

¿La agencia de Acceso a la información pública, para que sirve?

Es el organismo encargado de: “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y promover medidas de transparencia activa” (ley 27275). Funciona bajo la orbita del Poder Ejecutivo y la propia ley regula la selección de su máxima autoridad.

También podés leer:

Nos constituimos como Asociación Cívil

Un 21 de septiembre de 2017 nos constituímos como Asociación Cívil.


En la génesis de una nueva primavera, damos un nuevo paso concreto para seguir tendiendo una mano a aquellos que realmente necesitan que la justicia se haga eco de sus problemas.
Estamos muy contentos, con muchas ganas y expectativas.


Abogados de a pie, del palo, del pueblo y ahora también... asociados civilmente.
Aprovechamos el espacio para agradecerle a la Escribana Dra. Victoria Copes Scarano por todo el soporte notarial brindado para que esto sea posible.



Dejanos tus comentarios